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Conyugue extracomunitario de italiano/a

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Mensaje por admin Lun Mar 28, 2011 9:22 pm

LAS NUEVAS DISPOSICIONES SOBRE LA RESIDENCIA DE LOS CIUDADANOS
DE LA UNIÓN EUROPEA Y DE SUS FAMILIARES EXTRACOMUNITARIOS,
Y LAS NUEVAS DISPOSICIONES SOBRE LOS FAMILIARES EXTRANJEROS
DE LOS CIUDADANOS ITALIANOS.


(Atención: estas disposiciones entraron en vigor el 11 de abril de 2007)
1. Los ciudadanos de la Unión Europea
Los ciudadanos de los 26 Países de la Unión Europea tienen derecho a entrar en Italia
y residir durante un periodo no superior a tres meses sin ninguna formalidad. Es
suficiente con tener el carné de identidad.
El derecho a residir durante de tres meses está supeditado a la disponibilidad de
recursos económicos de modo que no se conviertan en una carga para el Estado
Italiano, y siempre y cuando no sean un peligro para el orden y la seguridad públicos.
El derecho a permanecer más de tres meses, está permitido solamente si se cumple
con al menos uno de los siguientes requisitos:
- si se trata de un trabajador subordinado o autonómo;

- si el ciudadano de la Unión dispone, para sí mismo y para sus proprios familiares,
de recursos económicos suficientes y de un seguro médico;

- si se trata de un estudiante matriculado en una institución pública o privada
reconocida, en donde realiza sus estudios o su formación profesional. Dispone de
recursos económicos suficientes y de un seguro médico.
En estos casos el ciudadano de la Unión, a partir del 11 de abril de 2007, NO
deberá solicitar la tarjeta de residencia a la jefatura de policía ya que se ha abolido
este documento.
Eso sí, tendrá que solicitar la inscripción a la oficina del padrón municipal del
lugar donde tiene intención de residir.
De hecho es tarea ahora de los ayuntamientos y no de las comisarías de policía
asegurar el derecho a la residencia del ciudadano comunitario.
Para obtener el empadronamiento, el ciudadano comunitario tiene que
demostrar con una documentación apropiada que posee los requisitos que hemos
indicado anteriormente, es decir, la actividad laboral que desarrolla, o bien, los
recursos económicos y el seguro médico.
Es importante recordar que los recursos económicos pueden demostrarse
también con la autocertificación.
Una vez depositada la solicitud con los documentos, la oficina del padrón
municipal entrega un resguardo o recibo. Tiempo después, si todo está en regla,
entregará un certificado que atestigua el derecho a la residencia.
En caso de que la oficina del padrón no acepte el empadronamiento por falta de
requisitos, el interesado podrá presentar un recurso en los juzgados.
Cuando faltan las condiciones que permiten la residencia el gobernador civil
(prefecto) puede tomar medidas para alejar al extranjero del territorio nacional.

Después de residir de manera continuada durante 5 años en Italia, los
ciudadanos comunitarios adquieren el derecho a la residencia permanente. Este
derecho no puede reconocerse en el caso de que la persona se ausente de Italia por un
periodo superior a 6 meses al año, salvo en algunos casos excepcionales y
documentados, como por ejemplo, la maternidad, enfermedades graves, etc.
La condición de residente permanente para un ciudadano comunitario se
atestigua mediante un certificado expedido por el ayuntamiento de residencia. Este
certificado, dentro de unos meses, podrá sustituirse por una inscripción contenida en
el microchip del carné de identidad electrónico.
Atención: el derecho a residir permanentemente se puede perder debido a
ausencias del territorio italiano de una duración superior a dos años consecutivos..
Por ultimo -y esta es una novedad más del decreto- los ciudadanos
comunitarios pueden ser expulsados de Italia con una medida adoptada por el
Ministerio de Interior, pero sólo en casos graves, cuando constituyen un peligro para
el orden y la seguridad públicos y para la seguridad del Estado.
2. Los familiares comunitarios y extracomunitarios de los ciudadanos de la
Unión Europea
El derecho a entrar y a residir se les reconoce también a los familiares
comunitarios y extracomunitarios. Sin embargo, en este último caso, tienen que
poseer un visado de entrada en los casos en los que dicho visado sea obligatorio.
El visado se solicita directamente en la embajada o el consulado italiano.
Recordamos que NO hay que hacer nada en la ventanilla única (sportello unico) de la
inmigración que lleva a cabo solamente la reagrupación solicitada por el ciudadano
extracomunitario.
Vamos a ver cuáles son los familiares que pueden entrar y residir.
- el conyuge;

- los hijos del ciudadano comunitario o del conyuge de edad inferior a 21 años. El
mismo derecho se le reconoce también a los hijos que tienen más de 21 años si están
a cargo del ciudadano europeo o del conyuge;

- los padres y los abuelos del ciudadano europeo o del conyuge, con tal de que estén
a su cargo;

- por último, si se aprueba y cuando el Parlamento apruebe la ley sobre la
convivencia, tal derecho se extenderá también a la pareja de hecho.
Para ejercer este derecho, tenemos que distinguir entre familiares comunitarios
y familiares extracomunitarios. De hecho, mientras para los familiares comunitarios
valen las mismas reglas establecidas para el titular del derecho a residencia, es decir
el empadronamiento, los familiares extracomunitrios tienen la obligación de
solicitar la tarjeta de residencia en la jefatura de policía.
Veamos cómo se hace.
En primer lugar hay que aclarar que para estancias inferiores a tres meses el
familiar extracomunitario que acompaña o viene a vivir con el ciudadano comunitario
a Italia NO tienen que solicitar ni el permiso de residencia, ni debe declarar su
presencia en la jefatura de policía.
En cambio, para estancias superiores a tres meses, tiene que acudir al
ayuntamiento para solicitar el empadronamiento junto al familiar que es ciudadano
comunitario.
Después debe acudir a la jefatura de policía con los siguientes documentos:
- pasaporte y visado si es necesario;

- documento que certifica la cualidad de familiar y en los casos en los que sea
necesario, la cualidad de familiar a cargo;

- certificado de la solicitud de empadronamiento del familiar del ciudadano de la
Unión;

- cuatro fotos de tamaño carné.
No es necesaria ninguna póliza o timbre.
El Ministerio de Interior establecerá si estas solicitudes podrán
presentarse en Correos o en la jefatura de Policía. En nuestra opinión el familiar
debería poder elegir ya que la ley establece que no puede solicitarse ningún pago,
salvo el reembolso del coste de los impresos y del material usado para el documento.
En espera de un próximo decreto del Ministerio de Interior que instituya “la
tarjeta de residencia para familiar de un ciudadano de la Unión”, por ahora la jefatura
de policía expedirá un permiso de residencia CE para residentes de larga duración por
un periodo de 5 años.
Este permiso de residencia puede revocarse sólo si llegan a faltar los requisitos
que han consentido su entrega, o bien por motivos de orden y de seguridad públicos.
Como para el ciudadano comunitario, después de 5 años de regular y
contunuada estancia, también el familiar extracomunitario tendrá derecho a la
residencia permanente que se certificará con una "
Tarjeta de residencia
permanente para familiares de ciudadanos europeos"
expedida por la jefatura de
policía. Las interrupciones de estancia, que no superen, en cada ocasión, los dos años
consecutivos, no inciden sobre la validez de la tarjeta de residencia permanente.
Esta tarjeta no puede revocarse salvo en casos excepcionales. En concreto,
puede revocarse por graves delitos de orden y seguridad, o bien en casos de muerte
del ciudadano de la Unión, o de divorcio. Sin embargo, si el familiar tiene una
actividad laboral en funcionamiento, o bien se dan otras excepciones previstas por la
ley, la Tarjeta no puede revocarse.
Veamos para concluir, cuáles son las facultades que la ley atribuye a los
familiares del ciudadano de la Unión cuando han obtenido el derecho a residir
durante 5 años o bien a la residencia permanente.
Además del derecho fundamental de mantener la tarjeta de residencia salvo en
los casos que hemos descrito anteriormente, es importante aclarar que los familiares
pueden entrar y salir de Italia sin obligación de visado. Por último, pueden desarrollar
cualquier actividad laboral y pueden también participar en los concursos públicos
u oposiciones de la Administración Pública, con la exclusión de determinados
puestos que implican funciones públicas (ejemplo: magistratura, fuerzas de seguridad
del Estado, notarios, etc).

3. Los familiares extracomunitarios de los ciudadanos italianos.
Todas las medidas relativas a los familiares de los ciudadanos de la Unión se
aplican también a los familiares extracomunitarios de los ciudadanos italianos
,
aunque existen algunas disposiciones más favorables.
Pasemos a resumirlas en los siguientes puntos:
1. Los extranjeros que tiene derecho a residir con el ciudadano italiano
son:
- el conyuge;

- los hijos del conyuge de edad inferior a 21 años, o también de edad superior si
están a cargo del ciudadano italiano o del conyuge;

- los progenitores y los abuelos del ciudanano italiano o del conyuge, con tal de que
estén a su cargo;

2: los familiares extranjeros del ciudadano italiano que se encuentran en
el extranjero, cuando están sometidos a presentar un visado, tienen que solicitar el
visado, directamente en el consulado o en la embajada, sin pasar a través de la
ventanilla única del Gobierno Civil (Sportello Unico de la Prefettura);
el visado se
entrega gratuitamente;

3: los familiares tienen derecho a que se les entregue la Tarjeta de
residencia de familiar de un ciudadano de la Unión que tiene una validez de 5 años;

4: el conyuge del ciudadano italiano tiene derecho a la Tarjeta de
residencia permanente de familiar de un ciudadano de la Unión;

5: la tarjeta de residencia puede solicitarse directamente en la jefatura de
policía pagando solamente los gastos necesarios para la expedición del documento;

6: los familiares tienen derecho a ejercer cualquier actividad, también en la
Administración Pública, salvo en los cargos que implican poder público;

7: gozan de particulares garantías contra las medidas de alejamiento;

8: al conyuge y a los parientes, hasta el cuarto grado, del ciudadano
italiano (progenitores, abuelos, tíos, primos) que convivan con él y que se encuentran
irregularmente no se les pueden expulsar, salvo por motivos de orden y seguridad
públicos y tienen derecho a un permiso de residencia por motivos familiares que dura
2 años.

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