uruguayos en italia
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LEGALIZZAZIONE ACTA CONSULADO

4 participantes

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Mensaje por  Lun Mar 05, 2012 7:56 pm

Hola
hoy fue al consulado de Buenos Aires para legalizar todas las actas para poder hacer el tramite en italia y me dijeron que no pueden legalizar las actas porque todavia no tengo la residencia en italia. Me dijeron que tengo que dar las actas a un familiar, ir a Italia, hacer la residencia, mandar el original con un delega autenticada a un familiar para poder ir al consulado y finalmente poder legalizar las actas!!! Me parece ridiculo!!! Si yo voy hacer el tramite en Italia, tengo que ir con todo ya listo.... Pero bueno si se manejan asi.... Ademas el tramite de legalizacion cuesta 48 pesos por acta nisiquiera es gratuito asi que no entiendo el motivo de la residencia en el exterior.... Si alguien sabe mas y puede ayudarme para evitar todo este quilombo lo agradezco.
Muchas Gracias
Un Abrazo



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Mensaje por Sonia Lun Mar 05, 2012 11:36 pm

fabio34 escribió:,,,,,,, y me dijeron que no pueden legalizar las actas porque todavia no tengo la residencia en italia.,,,,,,,

Esto lo había escuchado que se dió (ilegalmente), hace un tiempo en los Consulados en Brasil.
Se corrigió gracias a la intervención de María Grizzuti y otros que se comunicaron directamente con el MAE.

Tampoco te entiendo eso de que querés hacer "
legalizar actas"
argentinas.
La Argentina tiene la apostilla de la Haya.
No precisás legalizar un corno, Fabio.
Vas a RREE de tu país y te ponen la apostilla.
¿o es algún documento no apostillable?

Saludos.
Sonia
Sonia


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Mensaje por  Mar Mar 06, 2012 1:58 pm

Yo necesito legalizar las actas de nacimiento, matrimonio y defuncion (argentina) para poder hacer el tramite de ciudadania en Italia y piensaba que despues de poner la apostille de la Haya tenian que pasar por el consulado italiano traducidas. Pero eso no hace falta???
Si es asi me esta dando una buenisima noticia.
Muchas Gracias



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Mensaje por MarioG Mar Mar 06, 2012 11:18 pm

fabio34 escribió: y piensaba que despues de poner la apostille de la Haya tenian que pasar por el consulado italiano traducidas. Pero eso no hace falta???

hola Fabio, bien decís, "
traducidas"
. y eso es lo único que hay que legalizar, (la traducción), pero...
La legalización de las traducciones Argentinas se pueden hacer:
1- en el Consulado Italiano de tu residencia. <img src=" title="Sad" />
2- en el Colegio de Traductores, luego apostillar de nuevo la certificación del Colegio. <img src=" title="Very Happy" />
3- en Italia mismo haciendo la "
traduzione giurata"
en un tribunal, (juzgado). <img src=" title="Smile" />

Con los items 2 y 3 les podés poner un dedito mayor en alto a los del Consulado, jaja....
MarioG
MarioG


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Mensaje por  Miér Mar 07, 2012 12:03 am

hola mariog
ya las actas estan todas traducidas y apostillada. Que me aconsejas de hacer???
Porque si voy en el colegio de traductores y despues apostillo todo de nuevo me va a salir un monton no?
En el juzgado en italia (Tribunale) puedo llevar ya traducida y terminar este quilombo ahi??? Sabes cuanto sale mas o menos???
Muchas gracias



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Mensaje por MarioG Miér Mar 07, 2012 1:07 am

Mirá, un traductor "
oficial"
en Italia te vá a cobrar como 20 a 30 € por "
cartella"
que son unas 200 palabras mas o menos, luego hay que ponerle la marca di bollo en el tribunal.... te podrías conseguir un tano o argentino o uruguayo radicado allá que te lo haga por menos, pero creo que lo mas seguro es ir con TODO LISTO.
Yo en tu lugar voy de cabeza sin dudar al Colegio de Traductores y apostillo.
slds.
MarioG
MarioG


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Mensaje por  Sáb Mar 10, 2012 3:41 pm

hola a todos
preguntè en un forum italiano para estar seguro que como me dijiste era verdad. pero me dijeron que la sola legalizacion valida es para el consulado.
[url:3rlrg]http:
//www.
comuni.
it/servizi/forumbb/viewtopic.
php?p=761778#761778[/url:3rlrg]
aca estan las respuesta del forum.... estan en italiano asi que no se si entienden....
saludos



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Mensaje por wiscola Sáb Mar 10, 2012 8:36 pm

Fabio: en el foro que pusiste la domanda, la única persona que te dijo "
que la sola legalizacion valida es para el consulado"
es el famoso F.A.S.;
o sea, Fransisco Antonio Sposato;
ampliamente conocido en ese foro por causar disturbios y entorpecer con sus comentarios.
El Dr. Scolaro, te dijo OK, como te han aconsejado acá también.
Es como te dijo MarioG, sin dudas te conviene legalizar en el Colegio y apostillar lo nuevo.
.........................
Saludos y suerte
Walt.

¿Qué es una traducción oficial?

Es aquella que realiza un traductor avalado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y se realiza apostillando el documento original y luego se traduce al idioma oficial del país al que se dirige el documento. No puede traducirse sin haber apostillado el documento original o perderá el efecto la traducción como oficial.

¿Qué es una traducción pública?

La traducción pública le otorga valor legal a cualquier documento redactado en idioma extranjero porque el traductor, con su firma, da fe de que el texto traducido refleja lo que dice el original. Para que tenga validez, la firma del traductor público es legalizada por el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, entidad que así acredita que el traductor ha cumplido con los requisitos que marca la ley para desempeñarse como tal.

¿Cómo se presenta una traducción pública?

La traducción, firmada, se coloca detrás del documento que se tradujo y se co-sellan todas las hojas. De esta manera, el traductor se responsabiliza por la traducción de ese documento en particular. A continuación, el Colegio de Traductores agrega la legalización. El documento al que se adjunta la traducción puede ser el original o una impresión o fotocopia. El fax no es aceptado debido a lo efímero de esas reproducciones.

¿Qué es la Apostilla?

La Apostilla es una certificación que otorga validez internacional al documento que la lleva. Esta certificación, acordada en la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, tiene validez en los países firmantes de la Convención, entre los cuales se encuentra Argentina.
La Apostilla consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público, ha sido puesto por una autoridad competente. Este trámite, al igual que la autenticación (legalización), únicamente certifica la firma o sello, pero no certifica la validez del contenido del mismo.
Sirve para que un documento nacional sea reconocido en un país extranjero.

¿Cuándo es necesario apostillar un documento?

Los documentos públicos que deben ser presentados en otro país, no en el país donde se emitió, y que es signatario de la Convención de La Haya, prueban su validez mediante la Apostilla. En el caso de los países que integran el Mercosur, hay disposiciones especiales.

¿Dónde se apostillan los documentos?

La Apostilla se obtiene en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Esmeralda 819 (esquina Arenales). Teléfono: 4819-7000. El trámite se puede realizar también en un Colegio de Escribanos de Argentina.
Cuando el documento ha sido expedido por autoridad provincial o municipal, deberá previamente legalizarse en el Ministerio del Interior.
wiscola
wiscola


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Mensaje por  Lun Mar 19, 2012 8:48 pm

Yo lo hice asì y no tuve problemas cuando las presentè en italia, pero.... cada comuna es un mundo aparte!
Remarco que lo ùnico que se legaliza es la certificaciòn del Collegio, NO hay que volver a legalizar todo de nuevo!....
ciao.



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Mensaje por  Mar Mayo 29, 2012 11:20 pm

¿y que paso con fabio?
no sabemos al final que hizo..... yo no sé pero la gente es muy mal agradecida, pregunta y después si te he visto no me acuerdo!



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