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¿Como se obtiene una Ciudadanía Italiana?

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¿Como se obtiene una Ciudadanía Italiana? Empty ¿Como se obtiene una Ciudadanía Italiana?

Mensaje por  Mar Nov 29, 2011 11:57 pm

Para obtener la Ciudadanía Italiana se precisa:

1º- Tener un Ascendiente con ciudadanía italiana por parte Paterna o Materna.
2º- En caso de tener un Ascendiente Italiano en la línea paterna, es necesario conseguir su Partida de Nacimiento italiana. En este caso, no importa el año en el cual nació, pero sí que no halla fallecido antes de 1861.
3º- En caso de tener un Ascendiente Italiano por línea Materna, los hijos deberán haber nacido después del 1º de Enero de 1948. Por vía Administrativa, las mujeres no transmiten la Ciudadanía a hijos nacidos antes de 1948. Por vía Judicial, Sí.



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Mensaje por  Miér Mar 21, 2012 3:25 pm

Disculpen,soy peruano,y segun tengo entendido,la ley k 28.1 permite que un descendiente italiano,adquiera la ciudadania italiana que le corresponde. en la ley k 28.1 se dice son hasta cuarta quinta.etc generacion,sin salto de generaciones,y tambien dice que los documentos a presentar son desde el avo emigrado a uno,pero solo los de linea recta,tengo todos los documentos,pero tendre que tener a la mano la de los conyugues,en la embajada de peru(en su pagina web ponen la k28.1) y argentina(creo q vi)pero dicen presentar la de los conyugues tambien,aunque del patronato inca cgil en lima,me dicen que solo son los de linea recta se debe dar.tambien en el consulado italiano en madrid dice solo linea recta,en en consulado italiano en amsterdam dice q solo son de padres a hijos,no acepta nada mas generacion,y llamando a las comunas italianas, me dicen que si estoy en lo correcto con la k28.1 solo las partidas de descendientes linea recta es.total,porque consulados tienen diferente forma de poner los documentos a entregar,total que debo hacer,la cita la tendre en los sgtes meses? que hago?solo son los documentos de los descendientes en linea recta o tambien la de sus conyugues? gracias por sus futuras respuestas.les estoy agradecido.
Atte.
Juan



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Mensaje por  Vie Mar 23, 2012 12:09 am

juan, entendiste mal lo informado por tu consulado.
Cuando se refieren a presentar la documentacion de los conyugues, es presentar las partidas o actas de matrimonio.
Presentas:
acta de nacimiento, casamiento y defunción del ancestro emigrado al perú.
acta de nacimiento y casamiento de tu abuelo y/o bis abuelo.
acta de nacimiento y casamiento de tu padre .
acta de nacimiento y casamiento tuya.
actas de nacimiento de tus hijos menores de edad.
saludos



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Mensaje por  Sáb Mar 24, 2012 7:50 pm

si yo tambien pienso como Usted me dice,gracias por su respuesta,pero aquí le copio lo que ponen en la embajada italiana en lima-peru. bien raro ellos pongan esto. eso es lo que me confunde,porque estoy seguro es como usted dice.al igual yo se estan mal,es que dicen que tambien a italia son esos documentos escribo abajo se deban llevar,y sabemos muy bien que en italia son solo partidas de linea recta,no conyugues como escriben aca,esta es toda la inforacion que dan con respecto a modalidades de adquisicion de ciudadania italiana.quizas mezclen todo para confundir? y no presenten algunos porque piensan no tienen todos esos documentos "
partidas de nacimiento y defuncion de los conyugues"
.
les agradezco de corazon su ayuda.esperare ansioso su respuesta.

[url:1fquw]http:
//www.
amblima.
esteri.
it/NR/rdonlyres/34565A56-FB9A-4FBF-918E-0B7AB383D599/37368/RECONOCIMIENTODELACIUDADAN%C3%8DAITALIANAENELPER%C3%9A_sp.
mht[/url:1fquw]
RECONOCIMIENTO DE LA CIUDADANÍA ITALIANA EN EL PERÚ

La ciudadanía italiana "
jure sanguinis"
es reconocida a favor de quien hace la solicitud específica, así como a sus propios hijos menores.

La solicitud es personal, por lo tanto debe ser presentada directamente por los interesados.

El reconocimiento de la ciudadanía italiana, está subordinado a la demostración, por parte del interesado, que sus ascendentes en línea directa hayan mantenido la ciudadanía italiana sin interrupción.

Dónde Solicitarla:

La autoridad competente que efectúe el reconocimiento está determinada en base al lugar de residencia:

En el exterior es la autoridad consular territorialmente competente, es decir esta Embajada.

En Italia, en cambio será la Municipalidad de residencia.

PRIMERA PARTE
(Emigrado)

Partida de nacimiento en original del emigrado, donde figure el nombre de los padres.

Partida de matrimonio del emigrado.

Partida de nacimiento de la cónyuge del emigrado.

Partida de defunción del emigrado y de la cónyuge.

Constancia expedida por la Dirección General de Nacionalización (Av. España n. 700 - Breña - Lima) en la cual conste que el emigrado nunca se nacionalizó peruano, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y traducida al italiano, como los demás documentos.


SEGUNDA PARTE
(documentos relativos a los descendientes del emigrado)

Partida de nacimiento, de matrimonio y de nacimiento de los hijos menores del interesado.

Partida de nacimiento de los cónyuges de los solicitantes (traducir sólo las partidas de las cónyuges sólo si el matrimonio civil fue celebrado antes del 27 de abril 1983, de lo contrario basta adjuntar una partida de nacimiento simple en castellano).

Partida de defunción de los miembros de la familia que hubieran fallecido.



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Mensaje por  Dom Mar 25, 2012 11:29 pm

Hola Juancito, después de leer el link que nos dejaste, debo reconocer que "
no entendiste mal"
.
En realidad están exigiendo la partida de nacimiento y defunción de la cónyugue del emigrado.
Esta exigencia es novedosa por nuestros lares y al parecer, trata de obstaculizar la legítima obtención del reconocimiento de la ciudadanía italiana ius sanguinis.

Deberías solicitar en el Consulado, el número y el texto de la ley o norma que establece esta exigencia, bajo pena de considerarse un "
abuso de autoridad"
del Consulado, con fines de obstaculizar la concreción de un derecho legítimo.

Por otra parte, viola el principio de igualdad de los ciudadanos ante la ley, ya que anteriormente no se pedía estos requisitos, y sin embargo se otorgaban los reconocimientos solicitados, mientras que ahora los mismos no tendrían andamiento sin estos requisitos que no están previstos en la ley vigente.

El mismo Consulado dice en su página que "
sus ascendentes en línea directa hayan mantenido la ciudadanía italiana sin interrupción"
, en línea directa no en líneas paralelas confundiendo la de los cónyugues.

Le pediré al INIA si pueden hacer algo.
Saludos



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Mensaje por  Lun Mar 26, 2012 7:53 am

Muchas gracias de nuevo por tu respuesta,me temia eso,pero aun así me suena más a que es como usted dice obstaculizar,
Tambien si uno intentaba ir al consulado,ni te recibian,si llamabas por telefono,te decian,ve nuestra website,y si tenias dudas sobre cuando te darian la cita,no se sabia a quien preguntar,nadie mostraba cara,intente años atraz escribir a un correo de cancilleria,siempre recibia respuesta su pregunta no se debe hacer aca,y solo era esperar a que algun dia apareciera,hasta que meses atraz escribi,ya un poco serio,y donde les exigia,porque pedian documentos de los conyugues si se sabe,y muchos saben solo son de linea recta.y no conyugues,que asi me habian confirmado excelentisimos expertos del tema,las comunas en italia,y algunas abogados italianos que habia conversado.y tambien en ese tiempo para saber la cita,sino haya sido por eso esa vez no la supiera ahora.pero eso si me pidio mi numero de ticket de espera esa vez. luego otro momento les volvi a escribir ya no sobre la cita pero volvia a reiterarles sobre los documentos,y solo me respondio vea su pagina nada mas. ahora tambien el patronato inca cgil,antes me reunia en persona,llevandole documentos vean si estaban correctos,solo para cerciorarme de tanto se podia.y estar seguro 100%.y en esos tiempos me decia solo era linea recta,no creyera nada de nadie que se tenian que llevar de conyugues,resulta dias atraz escribi por correo,y creo no me habra reconocido.y me dijo algo diferente y que tambien necesitaba las de los conyugues.y me dijo el porque hacia eso la embajada.pero sigo sin entender tanto en el patronato inca cgil y embajada italiana en lima,dicen los mismos documentos a presentar en consulado es lo mismo que en italia,pero,por vosotros y tambien que yo me comunique con las comunas ya varias comunicaciones la ultima ha sido donde nacio mi tatarabuelo y me contesto que solo linea recta,mas bien,me dijo documento a documento debia tener le respondia que si,y todo bien,me dijo cuando si tenia residencia ahi,podia presentar y obtener mi ciudadania que por derecho me corresponde.muy amable la señorita. aqui les dejo respuestas de embajada y patronato inca cgil.

respuesta embajada,

Stiamo preparando gli appuntamenti per il riconoscimento di cittadinanza , mi faccia sapere il suon numero di ticket per controllare.

Sfortunatamente, dovuto a una forte carenza di personale ogni giorno piu’ grave, tutto va molto lentamente nonostante si cerchi di fare tutto il possibile per assolvere con i nostri doveri.

Resto in attesa che mi comunichi il suo numero di ticket

Cordiali saluti

La prego di visitare la nostra pagina web http://www.amblima.esteri.it “cittadinanza”, troverá tutte le informazioni e potrá scaricare anche i formulari necessari per la presentazione dei documenti.

Cordiali saluti

respuesta patronato cgil,

Por lo que puedo apreciar de su larga comunicación usted tiene una gran confucion, ya que cuando la ley y las normas italiana se refiren a la línea recta, quiere decir que el apellido italiano como apellido paterno no se haya perdido en ningún momento, esto quiere decir que si su ancestro (bisabuelo) se caso en el Perú, tubo un hijo varón y dos mujeres, los descendientes varones del hijo tienen el derecho adquirido de ciudadanía de origen desde siempre. (Ley de ciudadanía Italiana emitida por el Rey no de Italia en 1912 vigente hasta el año 1975).

Mientras que las hijas del Italiano de acuerdo a la norma señalada al casarse con peruanos o extranjeros, pierden la ciudadanía italiana y adquieren automáticamente la del esposo y no pueden trasmitir la ciudadanía a loa hijos.

Con la constitucional Italiana vigente a partir del año 1948, recién se le reconocen derechos a las mujeres, pero siguió primando la ley de 1912 hasta el año 1975;
en este año y gracias a una interpretación de los artículos de la constitución a pedido de un gran movimiento de las mujeres en Italia, el tribunal de casación emite una norma que se convierte en ley y que dice:


1.- Que las mujeres que perdieron su ciudadanía por Matrimonio con extranjeros a partir del año 1948, podrán readquirir su ciudadanía italiana y solamente sus hijos nacidos a partir de la fecha que recupero su ciudadanía serán reconocidos como ciudadanos italianos.

2.- Este estado continuo así hasta 1995, en que nuevamente gracias a la lucha de las mujeres, se logro que el reconocimiento de los hijos nacidos de mujer como ciudadanos italianos sea a partir del los nacidos en el año 1948 (no se si ese sea el caso de su padre, por que si el nació antes de esa fecha, no le asiste ningún derecho, a no ser que después de agotar la vía administrativa se realice un juicio administrativo contencioso en Roma para que a el y sus descendientes se les reconozcan el derecho).

3.- A partir de una norma de 1982, recién equipan a las mujeres con los hombres al darles el derecho de que sus cónyuges también puedan tener la ciudadanía siempre y cuando hagan un tramite de naturalización.

Por los motivos arriba mencionados, es que se piden los documentos como son:

- Atto di nascita (partida de nacimiento del emigrado, en su caso de su bisabuelo)
- Certificado de no naturalización, emitido por la DIGEMIN,
- Partida de Matrimonio del emigrado (bisabuelo)
- Partida de nacimiento de la esposa del emigrado (bisabuela), si es partida de bautizo debe ser fotocopia del libro parroquial,
- Partida de defunción de ambos,
- Partida de nacimiento del hijo del emigrado, si fuera partida de bautizo, fotocopia del libro parroquial,
- Partida de matrimonio del hijo emigrado,
- Partida de nacimiento de la esposa del hijo del emigrado
- Partida de defunción de ambos,
- Partida de nacimiento del nieto del emigrado,
- Partida de matrimonio del nieto
- Partida de nacimiento de la esposa del nieto
Así sucesivamente, esto es así por que lo que se trata es de hacer una reconstitución de la ciudadanía y ver si en algún momento se trunca (caso de los hijos de mujer nacidos antes del año 1948).

Los tramites se pueden realizar en la Comuna Italiana de nacimiento de su bisabuelo, siempre y cuando demuestre que vive y trabaja legalmente en Italia por mas de un año, caso contrario de acuerdo a normas del Ministerio del Interno, esta gestión debe realizarla en el Consulado Italiano en país de su residencia habitual.

Pd. mi abuela se caso en 1955,mi padre nacio 1957,tenemos todo como debe ser,tambien de los conyugues desde luego,pero si que me da colera! que pidan lo que no es! las cosas como son,pienso es lo correcto.No me gusta se atropellen mis derechos,y me gusta se respete lo que deberia ser.Aun sigo curioso porque esa vez me pidio mi ticket. Que opina Ud. intentare escribir a la embajada pidiendole la ley que dice las partidas de los conyugues.Gracias de nuevo de todo corazon.
Atte
Juancito



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Mensaje por  Lun Mar 26, 2012 5:41 pm

hola soy rinaldo,te digo algo juancito,tu haz tenido suerte cuñao,a mi nunca me han respondido,y hasta ahora no tengo ninguna informacion sobre la fecha de mi lista de espera,en su pagina web,ningun dato! ,en mi caso,solo tengo las partidas desde mi bisabuelo hasta mi partida,ya rectificadas,y todo,pero si se tiene que tener de conyugues,tendre que comenzar a reunirlasy todo ese gasto engorroso.. ahora,mas trabas a mi ciudadania que por derecho me corresponde,y pensar que ya pensaba solo era esperar esa eternidad te dan para las citas! pf,que injusticia! porsiaca soy peruano tambien,la embajada aca no da informacion alguna !hay que protestar a que se cumplan nuestros derechos! mil gracias juancito y Edgar.



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¿Como se obtiene una Ciudadanía Italiana? Empty Re: ¿Como se obtiene una Ciudadanía Italiana?

Mensaje por  Lun Mar 26, 2012 6:16 pm

disculpen vuelva a escribir,juancito,esa pagina web que has puesto,es nueva,antes era otra,pero! siempre ha estado en la pagina la parte que indica que tambien se deben presentar las partidas de los conyugues. ciao. scusami per scrivere di nuovo. spero che non sia un problema.



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¿Como se obtiene una Ciudadanía Italiana? Empty Re: ¿Como se obtiene una Ciudadanía Italiana?

Mensaje por Sonia Mar Mar 27, 2012 11:06 pm

Invitado escribió:........

respuesta patronato cgil,.............

"
Mientras que las hijas del Italiano de acuerdo a la norma señalada al casarse con peruanos o extranjeros, pierden la ciudadanía italiana y adquieren automáticamente la del esposo y no pueden trasmitir la ciudadanía a loa hijos."

....................

Esto que te dijeron en el patronato está erróneamente redactado.
Debería decir:

"
Mientras que las hijas del Italiano de acuerdo a la norma señalada, al casarse con peruanos o extranjeros, si adquiriesen automáticamente la del esposo, pierden la ciudadanía italiana y no pueden trasmitir la ciudadanía italiana a sus hijos."


"
si adquiriesen la ciudadanía de sus esposos"
, (en condicional);
y esto no es el caso en perú, ¿no? Es más, creo que aparte de italia no hay otro país en el mundo que otorgue la ciudadanía del marido a la esposa, (ya no es automática).

Entiendo que si lo que se trata de reconocer, es la jure sanguins trasmitida por una mujer, se pida la partida de nacimiento del esposo por esta norma, pero si la trasmisión es por linea paterna, no tiene sentido mas que complicar la cosa....

Saludos
Sonia
Sonia


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¿Como se obtiene una Ciudadanía Italiana? Empty Re: ¿Como se obtiene una Ciudadanía Italiana?

Mensaje por  Vie Mar 30, 2012 9:31 am

uhm no se,pero creo he leido en peru,hasta 1975,creo que mujeres casadas con peruanos hasta antes de 1975,podian adquirir la ciudadania del esposo.pero! en peru tambien rige no se si escriba correcto,el ius solis,los hijos de peruanos no adquirimos la ciudadania por sangre.sino por haber nacido en tierra peruana (derecho de tierra?)por eso creo los sudamericanos podemos tener doble pasaporte (italiano+pais nacimos).uhm por lo que mi abuela como va a adquirir ciudadania peruana por ejemplo al casarse con mi abuelo peruano,si ella ya era peruana? nacio segun las leyes aca ya peruana.ius solis,sera q eso de las mujeres casadas con peruanos,aquellas que son extranjeras,no aquellas ya tienen la ciudadania peruana porq nacieron en peru (ius solis)?. aunq siempre he mostrado mis papeles nadie ha puesto un pero sobre la ciudadania a partir de mi padre a mi,solo si mi padre habia nacido despues de 1948. que si fue porque nacio en 1957,mi abuela se habia casado en 1955,siendo peruana de nacimiento.. creo q a mi no me toca presentar los certificados de los conyugues,porque mi ciudadania proviene de mi tatarabuelo . y no tendria q ver en nada mi abuela porq ella nunca adquirio al casarse la ciudadania de mi abuelo peruano,porq ella ya era peruana de nacimiento por ius solis. bueno.lo malo no t explica bien la embajada,y solo t envia a q leas la pagina,q no explica muy bien. gracias por la respuesta.disculpen las molestias,y gracias por responderme.



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¿Como se obtiene una Ciudadanía Italiana? Empty Re: ¿Como se obtiene una Ciudadanía Italiana?

Mensaje por MarioG Sáb Mar 31, 2012 7:41 am

Hola Juancito, el tema de la pérdida de ciudadanía de las italianas que se casaron con peruanos se tocó ampliamente en el foro de Comuni.it ya hace tiempo.
Por otra parte hay sentencias judiciales en italia que desconocen la adquisición involuntaria de ciudadanía por efecto de leyes extranjeras.
Y como dices tú, tu abuela ya era peruana desde nacimiento, no se puede "
adquirir"
lo que ya se tiene.....
Saludos
MarioG
MarioG


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¿Como se obtiene una Ciudadanía Italiana? Empty Re: ¿Como se obtiene una Ciudadanía Italiana?

Mensaje por  Lun Abr 02, 2012 1:44 am

Muchas gracias,ya confirme,muchas gracias por su ayuda.Emigrante italiano,que tenia hijo con Peruana,esta tenia doble ciudadania,por ser un pais ius soli.por eso al mi abuela casarse con peruano,no perdio su ciudadania,porque uso su ciudadania peruana.

lo que salia en la embajada italiana en lima es sobre mujer extranjera casada con peruano antes 1979.lo unico que si se nota,tenian bn guardado cubrir que mujeres peruanas con ius sanguinis italiana,no la perdian,quizas para que algunos dejen de insistir.

lo que sigo sin entender es porque me piden las partidas de los conyugues,segun el patronato dice la k 28.1 es para solo los hombres descendientes de avo italiano (hombres),que no perdieron el apellido. en cambio mujeres via materna,tienen que presentar de conyugues,para ver sino se trunca ( caso mujeres antes 1948)(pienso podria ser caso,mujer nacida de padre italiano o madre nacida en 1936,hija nacida en1967,nieta nacida en 1989 ,pienso aca si se tuviera que presentar de conyugues ya que las mujeres son las que portan la ciudadania.mas no si del tronco de linea recta eran dos varones,y luego solo la mujer,y luego los hijos,es ilogico,creo..)

sigo pensando la k28.1 dice que tambien le asiste a los hijos de sus ciudadanas italianas,y no veo por ningun lado que diga sus ciudadanas deben pedir las partidas de los conyugues.

aunque este pedido de conyugues la embajada viene pidiendo años,desde q saque mi cita en 2005,siempre pedian esto.

En la comuna de nacimiento de mi abuelo,llame,hable,y la señorita que trabaja ahi me pregunto documento a documento y solo eran de linea recta,y me dijo solo bastaba que me registr y podia obtener mi ciudadania que me corresponde.Quiza deba pedirles a la embajada que me diga la ley que dice tambien son las de los conyugues como me comentaron antes,
y me lo envie por Fax /PEC/ETC,porq via email,no hay validez o algo lei.

Tb raro ahora el patronato inca cgil me diga que tb debo la de los conyugues,cuando siempre me decia no escuchase ni creiera de otros eso,solo eran de linea recta...

gracias por sus consejos,ahora estoy mas tranquilo sobre que mi abuela nunca perdio su ciudadania,pero sigo pensando en lima estan que piden injustamente la de los conyugues sin razon..o estare equivocado? mil gracias

Atte
Juan



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¿Como se obtiene una Ciudadanía Italiana? Empty Re: ¿Como se obtiene una Ciudadanía Italiana?

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